Derivado de los compromisos internacionales adoptados por México como integrante del Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI por su acrónimo en francés), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mantiene un esfuerzo permanente en la actualización y homologación en los estándares aplicables a los distintos sujetos obligados al Régimen de Prevención y Combate al Lavado Dinero y Financiamiento al Terrorismo.
A partir de la tipificación de los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Terrorismo y su financiamiento en el Código Penal Federal, las diversas leyes financieras otorgan el fundamento legal del Régimen de Prevención y Combate al Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo al que se deberán de sujetar los sujetos obligados, dando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la atribución de emitir Disposiciones de carácter general en materia de prevención, detección y reporte de operaciones posiblemente vinculadas con los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita —comúnmente conocido como Lavado de Dinero— y de Terrorismo y su financiamiento que, entre otras medidas, establecen la obligación de emitir reportes de operaciones a la Unidad de Inteligencia Financiera.
A continuación se presenta el Marco Jurídico en materia de prevención y combate de los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Terrorismo y su financiamiento