CIRCULAR 10-166 BIS 1, dirigida a las bolsas de valores.




Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

CIRCULAR 10-166 BIS 1

A LAS BOLSAS DE VALORES:

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 41 fracción X de la Ley del Mercado de Valores, 4 fracción XXXVII y 16 fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que resulta conveniente adecuar el régimen de inversión de las bolsas de valores, a fin de precisar que las mismas podrán adquirir títulos representativos del capital de sociedades que les presten servicios, ha tenido a bien expedir la siguiente disposición de carácter general:

UNICA.- Se modifican las disposiciones segunda y tercera de la Circular 10-166, expedida el 15 de diciembre de 1992, para quedar como sigue:

"SEGUNDA.- . . .

Para efectos del cálculo mencionado, se consideran como parte integrante de los activos fijos, aquellas inversiones en títulos representativos del capital de sociedades inmobiliarias que sean propietarias de inmuebles en donde las bolsas de valores tengan ubicadas oficinas o instalaciones, así como de sociedades que les presten servicios.

TERCERA.- Cuando las bolsas de valores pretendan llevar a cabo una inversión en activos fijos, por un monto que en conjunto exceda el 10% del capital contable calculado conforme a la disposición segunda, o bien cuando dicha inversión sea superior al 50% del capital pagado más reservas a la fecha en que se pretenda efectuar, se requerirá la autorización previa y por escrito de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que en la misma forma autorizará las inversiones en títulos representativos del capital de las sociedades a que se refiere el segundo párrafo de la disposición segunda, cualquiera que sea el monto de la inversión."

TRANSITORIA

UNICA.- La presente Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.


Atentamente
México, D.F., a 21 de enero de 1999.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Eduardo Fernández García.- Rúbrica.