CIRCULAR F-13.4, por la que se dan a conocer a las instituciones de fianzas, la forma y los términos para la entrega del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF).




Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR F-13.4

Asunto: Sistema Integral de Información Financiera (SIIF).- Se dan a conocer la forma y términos para su entrega.

A las instituciones de fianzas

Como es del conocimiento de esas instituciones, esta Comisión implantó el Sistema Integral de Información Financiera (SIIF) que permite que esas instituciones presenten su información financiera a esta Comisión, para el ejercicio de sus facultades de supervisión.

Al respecto, este Organismo, en un proceso de revisión del marco normativo cambió la plataforma tecnológica sobre la que se encuentra el Sistema Integral de Información Financiera (SIIF), en el cual se sustituye el procedimiento de captura por procesos a través de archivos de texto construidos por esas instituciones, simplificando con ello los procesos de entrega de la información necesaria para realizar las funciones de supervisión de este Organismo. Las especificaciones para la construcción de los archivos de texto de esas instituciones deberán apegarse a las disposiciones administrativas que en su oportunidad dará a conocer esta Comisión.

Derivado de lo anterior, esta Comisión con fundamento en el artículo 67 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas establece los siguientes lineamientos a los que deberán sujetarse, para la entrega en cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas vigentes:

PRIMERO.- Esas instituciones, deberán presentar la información financiera y estatutaria y la correspondiente a Reaseguradores y/o Reafianzadores No Registrados en forma trimestral en el disquete que contiene el Sistema Integral de Información Financiera (SIIF) con los datos acumulados de cada uno de los meses que integran el trimestre, dentro de los primeros veinte días naturales siguientes al cierre del trimestre de que se trate, con excepción de la información del cuarto trimestre, misma que deberá presentarse dentro de los primeros treinta días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

Asimismo, con fundamento en el precepto legal antes invocado, se les manifiesta que esta Comisión se reserva el derecho de solicitar la presentación del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF), por lo que corresponde a la información financiera y estatutaria y la correspondiente a Reaseguradores y/o Reafianzadores No Registrados en forma mensual, cuando así lo considere necesario. En este supuesto, la entrega del mencionado Sistema deberá hacerse dentro de los primeros veinte días naturales siguientes al cierre del mes de que se trate, con excepción de la información del mes de diciembre, la cual deberá presentarse dentro de los primeros treinta días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

En caso de que la fecha límite para la entrega sea día inhábil, se considerará como fecha límite el día hábil inmediato posterior.

SEGUNDO.- Esas instituciones deberán presentar los disquetes que contengan la información generada por el propio sistema, sujetándose al Manual del Usuario, a las instrucciones contenidas en los descriptores de texto (TXT), al Catálogo de Cuentas Vigente y catálogos proporcionados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, necesarios para la captura de información, así como lo siguiente:

TERCERO.- La entrega de la información antes descrita se efectuará en las oficinas de la Dirección General de Informática de esta Comisión, sitas en avenida Insurgentes Sur 1971 torre 2 Norte, primer piso, colonia Guadalupe Inn, México, D.F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas, en los plazos antes descritos.

CUARTO.- Aquella información recibida que no cumpla con las validaciones consideradas por el propio sistema será devuelta para su corrección, considerándola como no presentada.

QUINTO.- De acuerdo a los lineamientos establecidos en la presente Circular, esas instituciones podrán ser acreedoras a una o más de las sanciones establecidas en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas por los siguientes motivos:

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente Circular entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y será aplicable a partir de la información del primer trimestre del 2001 y sustituye y deja sin efecto a la Circular F-13.4 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 2000.

SEGUNDO.- Para las instituciones de fianzas cuya periodicidad de entrega es mensual, con independencia de que hayan presentado el SIIF en su versión 3.01 de algunos de los meses que integran el primer trimestre de 2001, deberán presentar nuevamente la información que conforma dicho trimestre, con apego a la presente Circular.

Lo anterior se hace de su conocimiento con fundamento en los artículos 68 fracción VI de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y 108 fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente, la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 6 de abril de 2001.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.

ANEXOS

COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS
SISTEMA DE INFORMACION FINANCIERA (SIIF)
NOMBRE DE LA INSTITUCION O SOCIEDAD:___________________________________________________
NEXO PATRIMONIAL

EMISOR TIPO DE NEXO SUB-TIPO DE NEXO GRUPO O CONJUNTO MISMA ADMINISTRACION
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
     

"Se hace constar que los Emisores antes indicados se dieron de alta en el Módulo de Nexos Patrimoniales en el SIIF"



DIRECTOR GENERAL


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Nombre y Firma