MODIFICACIONES a los Lineamientos sobre nuevas reglas en el manejo de disponibilidades financieras del sector público y del mecanismo necesario para su información.




Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- Oficio número 101.-295.

C.C. Directores Generales de Organismos Desconcentrados y Descentralizados; Directores Generales de Bancos de Desarrollo; y Directores o Gerentes Generales de Fondos, Fideicomisos y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria

Presente.

Hago referencia al oficio número 697 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 1992, mediante el cual se establecieron los "Lineamientos sobre nuevas reglas en el manejo de disponibilidades financieras del sector público y del mecanismo necesario para su información", así como al oficio número 101.-1601 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1999, a través del cual se modificaron y adicionaron los lineamientos antes seņalados.

Al respecto, considerando que resulta conveniente realizar precisiones a los oficios mencionados en el párrafo anterior, y con fundamento en el artículo 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, he tenido a bien expedir las siguientes:

MODIFICACIONES A LOS LINEAMIENTOS SOBRE NUEVAS REGLAS EN EL MANEJO DE DISPONIBILIDADES FINANCIERAS DEL SECTOR PUBLICO Y DEL MECANISMO NECESARIO PARA SU INFORMACION

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 22 de febrero de 2000.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Angel Gurría.- Rúbrica.