REGLAS de Operación para la aplicación de los recursos federales del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR) para el ejercicio fiscal 2001.




Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 64, 70, 71 y 73 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001, se expiden las siguientes:

REGLAS DE OPERACION PARA LA APLICACION DE LOS RECURSOS FEDERALES DEL FONDO DE CAPITALIZACION E INVERSION DEL SECTOR RURAL (FOCIR) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001

1. PRESENTACION

El Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural es un Fideicomiso Público del Gobierno Federal, que promueve en el marco de la política de financiamiento para el desarrollo rural, acciones tendientes a complementar la capacidad económica de los productores rurales y de sus organizaciones económicas a fin de incrementar la producción, la constitución y consolidación de empresas rurales, fomentando la creación de empleos, para que se logren mejorar los niveles de bienestar de los productores del campo, a través de la operación del instrumento "capital de riesgo", el financiamiento para la elaboración de estudios de factibilidad y diseño de proyectos rentables, y la capacitación y asistencia técnica por proyecto.

El financiamiento bajo la modalidad de "capital de riesgo" se vincula al fomento, desarrollo y financiamiento de proyectos técnicamente viables y financieramente rentables en el Sector Rural, y en la difusión de mecanismos y esquemas que promuevan la participación de las instituciones de la Banca y diversos grupos empresariales, productores privados y sociales en el país, para detonar inversiones en los siguientes subsectores: agrícola, pecuario, forestal, acuícola y minerales no metálicos; así como en sus fases de industrialización, comercialización y de servicios.


2. OBJETIVO

Canalizar los recursos federales aprobados por la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación por la cantidad de $171'439,800.00 (ciento setenta y un millones cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) o bien, hasta la disponibilidad de recursos del Patrimonio de FOCIR, para apoyar con financiamientos el proceso de capitalización del sector rural, así como de impulsar proyectos productivos rentables que tengan un evidente impacto social y que promuevan tecnologías modernas y agroasociaciones como instrumentos detonadores del desarrollo.

Adicionalmente, están disponibles hasta $3,500,000.00 (tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) para ser canalizados entre promotores y consultores del sector rural, siempre y cuando cumplan con los términos de referencia que establezca el Fondo Financiero para la Identificación y Preparación de Proyectos del Sector Rural FIPRU, para la contratación de servicios externos de consultoría especializada que se requieran en la identificación de proyectos productivos del sector rural, así como en la formulación de estudios técnicos, socioeconómicos y financieros.


3. POBLACION-OBJETIVO

Se integra de personas físicas o morales y grupos localizados en el ámbito rural de todo el país, preferentemente en regiones que presentan un potencial productivo, como son: ejidatarios, comuneros, propietarios rurales, asociados entre sí, o con inversionistas que propicien el desarrollo de empresas viables y rentables que estimulen la integración de cadenas productivas generando un valor agregado a la producción primaria, así como que promuevan la generación de divisas, la sustitución de importaciones, la creación de empleos y/o que adquieran como materias primas la producción primaria del sector social rural.


4. PARTICIPACION INSTITUCIONAL

Las dependencias que tienen a su cargo el análisis y dictaminación, a través del Comité Técnico, de los proyectos de inversión donde participa el FOCIR, son aquellas que están vinculadas con el sector, particularmente las siguientes:


5. MARCO OPERATIVO

Con el propósito de ampliar la cobertura se ha acordado que el FOCIR, capte solicitudes en forma directa: en sus oficinas ubicadas en Liverpool número 48, esquina con Dinamarca, colonia Juárez, código postal 06600, en la Ciudad de México, y a través de los teléfonos 5546-4551, 5546-8365 y 5592-3677 y del fax extensión 286, correo electrónico (e-mail) informes@focir.gob.mx.


6. SEGUIMIENTO, SUPERVISION Y EVALUACION

Indicadores de evaluación:

Empresas creadas Empresas programadas

Para la evaluación se construirá una base de datos que contenga los apoyos otorgados por:

El FOCIR difundirá periódicamente entre la población en general, a través de su página de Internet la información relativa a su programa aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación, incluyendo el avance en el cumplimiento de sus objetivos y metas.

Atentamente

México, D.F., a 13 de marzo de 2001.- El Director General del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural, Guillermo Vázquez Rodríguez.- Rúbrica.