REGLAS de Operación para la aplicación de los recursos federales del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR) para el ejercicio fiscal 2002.


Al margen un logotipo, que dice: Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural.

Con fundamento en los artículos 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 63, 64 y 66 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, se expiden las siguientes:

REGLAS DE OPERACION PARA LA APLICACION DE LOS RECURSOS FEDERALES
DEL FONDO DE CAPITALIZACION E INVERSION DEL SECTOR RURAL (FOCIR)
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002

(cifras en pesos)

(cifras en pesos)

México, D.F., a 22 de febrero de 2002.- El Director General del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR), Guillermo Vázquez Rodríguez.- Rúbrica.