Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 675.
RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICA LA AUTORIZACION OTORGADA A IXE BANCO, S.A., PARA CONSTITUIRSE Y OPERAR COMO INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8o. de la Ley de Instituciones de Crédito y 6o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dependencia emite la siguiente:
Se modifica el artículo segundo y se deroga el artículo quinto de la autorización otorgada a IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal confiere el artículo 8o. de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Secretaría autoriza la constitución y operación de una institución de banca múltiple, que se denominará IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple.
SEGUNDO.- El capital social ordinario de IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, es de $500'000,000.00 (quinientos millones de pesos 00/100) moneda nacional.
TERCERO.- El domicilio social de IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, será la Ciudad de México, Distrito Federal.
CUARTO.- La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intransmisible.
QUINTO.- (Derogado).
SEXTO.- En lo no seņalado expresamente en esta Resolución, IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, se ajustará en su constitución y operación a las disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, así como a las demás que por su propia naturaleza le resulten aplicables.
UNICO.- La presente Resolución por la que se modifica el artículo segundo y se deroga el artículo quinto de la autorización otorgada a IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, para constituirse y operar como institución de banca múltiple, surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 23 de abril de 2001.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.
(R.- 143716)