RESOLUCION por la que se modifica la autorización otorgada a Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., para organizarse y operar como sociedad financiera de objeto limitado.



Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.-2032.

RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICA LA AUTORIZACION OTORGADA A HIPOTECARIA CREDITO Y CASA, S.A. DE C.V., PARA ORGANIZARSE Y OPERAR COMO SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o. fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dependencia emite la siguiente:

RESOLUCION

Se modifica el proemio y los artículos primero, segundo, tercero y sexto de la autorización otorgada a Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, para quedar en los siguientes términos:

PRIMERO.- En uso de la facultad que le confiere el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Secretaría autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado que se denominará Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado.

SEGUNDO.- La Sociedad tendrá por objeto la captación de recursos provenientes de la colocación de instrumentos previamente calificados por una institución calificadora de valores, inscritos en el Registro Nacional de Valores, para su posterior colocación en el Mercado de Valores, a través de intermediarios inscritos en la Sección de Intermediarios de dicho registro, y mediante la obtención de créditos de entidades financieras del país y del extranjero, en los términos de las disposiciones legales aplicables, así como otorgar créditos o financiamientos para la planeación, adquisición, desarrollo, construcción, enajenación y suministro de todo tipo de bienes inmuebles y para el pago de pasivos derivados de lo anterior.

TERCERO.- El capital social de Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, será variable.

El capital mínimo fijo sin derecho a retiro será de $38'360,000.00 (treinta y ocho millones trescientos sesenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional).

La parte variable del capital será ilimitada.

CUARTO.- El domicilio social de Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, será la ciudad de Culiacán, Sinaloa.

QUINTO.- La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intransmisible.

SEXTO.- En lo no seņalado expresamente por esta Resolución, Hipotecaria Crédito y Casa, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, se ajustará a las disposiciones aplicables de la Ley de Instituciones de Crédito, a las reglas generales a que deberán sujetarse las sociedades a que se refiere la fracción IV del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito, y a los lineamientos que respecto a sus operaciones emita el Banco de México, así como a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

TRANSITORIO

UNICO.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 21 de diciembre de 2001.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.

(R.- 163178)