INFORMACIÓN DE PRENSA 43/96
México, D.F. a 20 de marzo de 1996.
El día de hoy, Ernesto Zedillo presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, envió al Congreso la iniciativa de Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que reglamentará el Nuevo Sistema de Pensiones establecido en la del Ley Seguro Social, recientemente aprobada por Congreso de la Unión. La Nueva Ley del IMSS modifica el Seguro de Invalidez, Vejez, Cesantía en edad avanzada y Vejez.
La Nueva Ley del IMSS establece compromisos que dieron pauta a la iniciativa de Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, enviada al Congreso el día de hoy, la cual sienta las bases que procurarán la obtención de una adecuada seguridad y rentabilidad de los ahorros de los trabajadores fomentando, adicionalmente, el fortalecimiento del ahorro interno nacional, la creación de infraestructura y la generación de empleos.
La iniciativa busca establecer los mecanismos necesarios a fin de que el trabajador cuente con una pensión digna al momento de sus retiro, otorgándole plena propiedad sobre sus ahorros para el retiro y estimulando así el esfuerzo individual de ahorro. Asimismo, fortalece el financiamiento de los sistemas de pensiones, incrementando significativamente la aportación del Estado a través de la cuota social equivalente a un peso por día trabajado indizado el Indice Nacional de Precios al Consumidor. Esta aportación se suma a las que los trabajadores, patrones y Gobierno realizan al Sistema de Pensiones, con lo cual un trabajador en promedio ahorrará en su cuenta individual alrededor del 13.5 por ciento de su salario mensual.
El nuevo Sistema de pensiones estará basado en la canalización del ahorro de los trabajadores a cuentas individuales que estarán conformadas por tres subcuentas; la de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez; la de Vivienda; y la de aportaciones voluntarias.
La iniciativa establece una administración transparente y eficiente de los recursos otorgando plena propiedad y control de sus ahorros al trabajador a través de sus cuenta individual, garantizando el derecho de elección sobre el intermediario financiero especializado denominado Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), quien los canalizará hacia las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES) que administren.
Estas administradoras podrán ser constituidas por personas físicas o morales mexicanas, así como por empresas filiales de entidades financieras del extranjero. La iniciativa contempla un límite de participación por un máximo del 10 por ciento del capital social de la AFORE.
Las SIEFORES tendrán como objeto exclusivo invertir los recursos provenientes de las cuentas individuales en los términos previstos en las Leyes de Seguridad Social. En su capital variable sólo participarán los trabajadores.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), como órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, llevará a cabo la coordinación, regulación y supervisión de los sistemas de ahorro para el retiro y de sus participantes, velando en todo momento por los intereses de los trabajadores.
El régimen de inversión de las SIEFORES, procurará entre otros objetivos, la obtención de una adecuada seguridad y rentabilidad de los recursos de los trabajadores, así como ser acorde con inversiones a largo plazo, que fomenten la actividad productiva nacional, la creación de infraestructura, la generación de empleo y la inversión en títulos de vivienda.
La comisión determinará reglas y procedimientos que permitan mediante un monitoreo estrecho de los riesgos imperantes en los mercados, el diseño de regímenes de inversión robustos que permitan un equilibrio financiero en las carteras de las SIEFORES procurando rendimientos competitivos para los trabajadores.
La iniciativa establece las medidas tendientes a prevenir los conflictos de interés en la administración de los recursos derivados de los sistemas de ahorro para el retiro definiendo dos nuevas figuras en el mercado financiero que son los Consejeros Independientes y el Contralor Normativo. Estas personas no podrán tener vínculos con los accionistas de las AFORES, quienes participando en la operación diaria de estas administradoras, deberán vigilar que el comportamiento de sus funcionarios atienda primordialmente a los intereses de los trabajadores.
Por otra parte, se establece el marco de operación para los Sistemas de Ahorro para el Retiro que permitirá simplificar los procedimientos por medio de los cuales los patrones enterarán las cuotas y aportaciones de Seguridad Social, promoviendo su cumplimiento de manera más ágil y oportuna.
De igual forma, el proyecto propone un mecanismo por medio del cual el gobierno mantendrá un estricto control de las cuentas individuales, a través de la Base de Datos Nacional SAR, que estará integrada por los datos particulares de los trabajadores, incluyendo la AFORE que hayan seleccionado, con la finalidad de facilitar el traspaso de cuentas individuales, concentrar y distribuir la información en el proceso de recaudación y apoyar en los servicios de atención a los trabajadores.
Se amplia, por otra parte, el alcance de la Comisión para la atención a los trabajadores, incorporando los procedimientos de conciliación y arbitraje, que permitan a través de una red de cobertura nacional, una eficiente y adecuada solución a sus requerimientos.
Para dar cabal cumplimiento a los objetivos planteados, la iniciativa establece la ampliación y fortalecimiento de las facultades de la CONSAR, que garanticen una estricta supervisión l cumplimiento de la misma, creando un Organo tripartita denominado Comité Técnico Consultivo y de Vigilancia, integrado por los sectores Obrero, Patronal y Gubernamental, que tiene por fin velar por los intereses de las partes involucradas, a efecto de que siempre se guarde armonía y equilibrio entre los intereses mencionados para el mejor funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro.
De aprobarse esta iniciativa de Ley se logrará que los trabajadores cuenten con una pensión más digna y justa permitiéndoles además tener información completa, oportuna y veraz sobre los ahorros de su cuenta individual, sin olvidar que se respetarán los derechos adquiridos por éstos en el sistema anterior.
A través de este proyecto de Ley se busca reforzar el sistema de Seguridad Social, propiciando la transformación del país para el beneficio de los trabajadores, sus familias y de México.